sábado, 15 de junio de 2013






El reverendo Padre Jesús Sarvide Iso nace el 9 de febrero 1921 en Sangúesa -Pamplona –España en el seno de una familia media alta son tres hermanos dos chicos y una chica
su hermana es monja y aun vive en Santo domingo. Es segundo de 3 hermanos, su madre se llamo Sofía y su padre no lo tenemos muy concreto su hermano mayor murió y su hermana es monja en santo domingo, era una familia de clase media su vocación fue desde muy joven San Javier fue su ejemplo de vida puedes mirar en internet el castillo de san Javier fue jesuita estudio en navarra el seminario y antes de llegar a Perú fue a otro país, pero no podemos decir más aun estamos a la espera de que su familia nos pueda dar datos concretos.

En su tiempo de juventud intentaba ayudar mucho en esa época muchas vocaciones salieron de esos pueblos y ciudades de España concretamente en navarra pamplona existe el castillo de San Javier que es el patrón de los misioneros y fue y sigue siendo un ejemplo para todos aquellos que quieren dedicar su vida a Dios fue al seminario en navarra.

Antes de ir a Perú y quedarse definitivamente allí estuvo en otro país ,para poder construir la iglesia , el colegio y la posta recibió ayuda de su ciudad natal ,también se le fueron enviados donativos de ropa en fardos que en vendía en la antigua iglesia que está arriba de las aulas esa fue su primera iglesia y ahora vosotros usáis de salón de actos.

De esa ciudad salieron muchos misioneros en ese tiempo familias enteras donde todos los hijos cogieron la vocación católica debido a la influencia de San Javier, Pamplona, Navarra, sangüesa. Era muy aficionado a los toros ya que la fiesta grande de toros en España es San Fermín y es muy cerca a su ciudad.
Antes de ir a Perú y quedarse definitivamente allí estuvo en otro país, para poder construir la iglesia, el colegio y la posta recibió ayuda de su ciudad natal, también se le fueron enviados donativos de ropa en fardos
Fue un emprendedor, un luchador y gran amigo de mucha gente, llego a Perú muy joven y dejo allí su vida por sacar adelante todos sus proyectos, con ese carisma y alegría que se caracteriza a los Europeos, su Fe en Dios y su Amor a los niños logro que mucha gente creyera en El y en sus obras para su comunidad San Josefina.







La Institución  Educativa Parroquial "San José Obrero" de Piura, creada el 12 de junio de 1963, por el Padre Jesús Sarvide Iso, mediante  Resolución Directoral Nº 2290,  brindando  el nivel primario, con una formación cristiano - humanística  y  administrándola  hasta  el año 1990.

A la muerte del fundador en  setiembre de 1990, la dirección del centro educativo, fue asumida por el Padre  José Nunura Reyes, quien amplia el servicio primero con  el nivel inicial  en el año de 1996 y  hasta 1998 con el nivel secundario completo.

Desde  el año 2001 nuestra Institución  Educativa Parroquial,  integra el Consorcio de  Colegios Parroquiales  siendo el  Promotor nuestro Arzobispo de Piura, actualmente  su Directora  es la Prof. Consuelo Barreto Montalbán, nuestro  lema es "Formar buenos cristianos y honrados ciudadanos".

La Institución  Educativa Parroquial, tiene una población de 890 alumnos comprendidos en los niveles de Inicial, Primaria y Secundaria. Impartimos una educación a partir de un paradigma educativo, enriquecido con nuestra axiología cristiana,  fomentando la construcción del conocimiento, permitiéndoles desenvolverse de manera eficiente y  creativa en esta sociedad de cambios científicos y tecnológicos.

Nos preocupamos por descubrir y  potenciar  el talento y la creatividad de los niños y jóvenes desarrollando los talleres de  música, danza, computación y deporte. Es importante destacar la noble tarea  desarrollada por toda la comunidad educativa, personal docente y administrativo quienes dan lo mejor de si  en bien de la educación de los niños y jóvenes Sanjosefinos

En nuestra institución educativa optamos por el desarrollo de una escala de valores, la cual se constituye en el norte  para la toma de decisiones, la formación de actitudes positivas frente al estudio, el trabajo y las relaciones humanas.
Pretendemos pues  que la acción transformadora sea en nuestros jóvenes una decisión  libre y responsable y la veremos cristalizada en la medida que hayamos formado en los educandos  la capacidad de análisis, interpretación y valoración.

Orientar a los niños y jóvenes, a fin de que opten por los principios que ellos puedan tomar como normas de vida y hacer posible el crecimiento personal y la convivencia en armonía con los demás

Adoptar como educadores el rol de referentes lo que nos exige reflexión y esfuerzo permanente para alcanzar un nivel superior de conducta moral para poder trasmitirla.




Formar buenos cristianos y honrados ciudadanos, poniendo en práctica el modelo de vida  de Jesús, asumiendo los valores morales para contribuir a mejorar la calidad humana y condiciones de vida del contexto social donde interactúan, promoviendo una educación integral, en su autorrealización, y en el ejercicio de las ciencias, el arte, la cultura y del deporte.



lunes, 10 de junio de 2013




Capitulo I derechos fundamentales de la persona



                                                                   
  • Articulo 1º.-
La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.
  • Articulo 2º.-

Toda persona tiene derecho:

1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.

2. A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquiera otra indole.

3. A la libertad de conciencia y de religion, en forma individual o asociada. No hay persecucion por razon de ideas o creencias. No hay delito de opinion. El ejercicio publico de todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden publico.

4. A las libertades de informacion, opinion, expresion y difusion del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicacion social, sin previa autorizacion ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley. Los delitos cometidos por medio del libro, la prensa y demas medios de comunicacion social se tipifican en el Codigo Penal y se juzgan en el fuero comun. Es delito toda accion que suspende o clausura algun organo de expresion o le impide circular libremente. Los derechos de informar y opinar comprenden los de fundar medios de comunicacion.

5. A solicitar sin expresion de causa la informacion que requiera y a recibirla de cualquier entidad publica, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptuan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional. El secreto bancario y la reserva tributaria pueden levantarse a pedido del juez, del Fiscal de la Nacion, o de una comision investigadora del Congreso con arreglo a ley y siempre que se refieran al caso investigado.

6. A que los servicios informaticos, computarizados o no, publicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar.

7. Al honor y a la buena reputacion, a la intimidad personal y familiar asi como a la voz y a la imagen propias. Toda persona afectada por afirmaciones inexactas o agraviada en cualquier medio de comunicacion social tiene derecho a que este se rectifique en forma gratuita, inmediata y proporcional, sin perjuicio de las responsabilidades de ley.

8. A la libertad de creacion intelectual, artistica, tecnica y cientifica, asi como a la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto. El Estado propicia el acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusion.
9. A la inviolabilidad del domicilio. Nadie puede ingresar en el ni efectuar investigaciones o registros sin autorizacion de la persona que lo habita o sin mandato judicial, salvo flagrante delito o muy grave peligro de su perpetracion. Las excepciones por motivos de sanidad o de grave riesgo son reguladas por la ley.

10. Al secreto y a la inviolabilidad de sus comunicaciones y documentos privados. Las comunicaciones, telecomunicaciones o sus instrumentos solo pueden ser abiertos, incautados, interceptados o intervenidos por mandamiento motivado del juez, con las garantias previstas en la ley. Se guarda secreto de los asuntos ajenos al hecho que motiva su examen. Los documentos privados obtenidos con violacion de este precepto no tienen efecto legal. Los libros, comprobantes y documentos contables y administrativos estan sujetos a inspeccion o fiscalizacion de la autoridad competente, de conformidad con la ley. Las acciones que al respecto se tomen no pueden incluir su sustraccion o incautacion, salvo por orden judicial.

11. A elegir su lugar de residencia, a transitar por el territorio nacional y a salir de el y entrar en el, salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicacion de la ley de extranjeria.

12. A reunirse pacificamente sin armas. Las reuniones en locales privados o abiertos al publico no requieren aviso previo. Las que se convocan en plazas y vias publicas exigen anuncio anticipado a la autoridad, la que puede prohibirlas solamente por motivos probados de seguridad o de sanidad publicas.

13. A asociarse y a constituir fundaciones y diversas formas de organizacion juridica sin fines de lucro, sin autorizacion previa y con arreglo a ley. No pueden ser disueltas por resolucion administrativa.

14. A contratar con fines licitos, siempre que no se contravengan leyes de orden publico.

15. A trabajar libremente, con sujecion a ley.

16. A la propiedad y a la herencia.

17. A participar, en forma individual o asociada, en la vida politica, economica, social y cultural de la Nacion. Los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de eleccion, de remocion o revocacion de autoridades, de iniciativa legislativa y de referendum.

18. A mantener reserva sobre sus convicciones politicas, filosoficas, religiosas o de cualquiera otra indole, asi como a guardar el secreto profesional.

19. A su identidad etnica y cultural. El Estado reconoce y protege la pluralidad etnica y cultural de la Nacion. Todo peruano tiene derecho a usar su propio idioma ante cualquier autoridad mediante un interprete. Los extranjeros tienen este mismo derecho cuando son citados por cualquier autoridad.


20. A formular peticiones, individual o colectivamente, por escrito ante la autoridad competente, la que esta obligada a dar al interesado una respuesta tambien por escrito dentro del plazo legal, bajo responsabilidad. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional solo pueden ejercer individualmente el derecho de peticion.

21. A su nacionalidad. Nadie puede ser despojado de ella. Tampoco puede ser privado del derecho de obtener o de renovar su pasaporte dentro o fuera del territorio de la Republica.

22. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, asi como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.

23. A la legitima defensa.

24. A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia:


a. Nadie esta obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo que ella no prohibe.

b. No se permite forma alguna de restriccion de la libertad personal, salvo en los casos previstos por la ley. Estan prohibidas la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en cualquiera de sus formas.

c. No hay prision por deudas. Este principio no limita el mandato judicial por incumplimiento de deberes alimentarios.

d. Nadie sera procesado ni condenado por acto u omision que al tiempo de cometerse no este previamente calificado en la ley, de manera expresa e inequivoca, como infraccion punible; ni sancionado con pena no prevista en la ley.

e. Toda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado judicialmente su responsabilidad.

f. Nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito. El detenido debe ser puesto a disposicion del juzgado correspondiente, dentro de las veinticuatro horas o en el termino de la distancia. Estos plazos no se aplican a los casos de terrorismo, espionaje y trafico ilicito de drogas. En tales casos, las autoridades policiales pueden efectuar la detencion preventiva de los presuntos implicados por un termino no mayor de quince dias naturales. Deben dar cuenta al Ministerio Publico y al juez, quien puede asumir jurisdiccion antes de vencido dicho termino.

g. Nadie puede ser incomunicado sino en caso indispensable para el esclarecimiento de un delito, y en la forma y por el tiempo previstos por la ley. La autoridad esta obligada bajo responsabilidad a señalar, sin dilacion y por escrito, el lugar donde se halla la persona detenida.

h. Nadie debe ser victima de violencia moral, psiquica o fisica, ni sometido a tortura o a tratos inhumanos o humillantes. Cualquiera puede pedir de inmediato el examen medico de la persona agraviada o de aquella imposibilitada de recurrir por si misma a la autoridad. Carecen de valor las declaraciones obtenidas por la violencia. Quien la emplea incurre en responsabilidad.


  • Articulo 3º.-

La enumeracion de los derechos establecidos en este capitulo no excluye los demas que la Constitucion garantiza, ni otros de naturaleza analoga o que se fundan en la dignidad del hombre, o en los principios de soberania del pueblo, del Estado democratico de derecho y de la forma republicana de gobierno.



Aumenta compromiso con derechos de pueblos indígenas




Las compañías petroleras y mineras están incrementando sus compromisos con los derechos humanos a nivel internacional, en particular con los de los pueblos indígenas, según revela un estudio deOxfam América.

Según el informe, 23 de las 28 empresas investigadas secomprometen públicamente a respetar los derechos de los pueblos indígenas en específico, mientras que casi todas respetarían lo establecido en el marco de las Naciones Unidas (ONU) sobre las Empresas y los Derechos Humanos.

Más aún, cinco de todas las empresas extractivas analizadas están comprometidas de manera explícita con el Consentimiento Libre Previo e Informado (CLPI), propuesto por la ONU como derecho de los pueblos indígenas ante proyectos de desarrollo que afecten sus tierras, territorios, recursos y su modo de vida.

Estas cinco empresas son Inmet, Newmont, Talismán Energy, Río Tinto y Xstrata, quienes capitalizan un mercado total de más de 180 mil millones de dólares, y cuatro de estas operan actualmente en el Perú.

A su vez, 20 compañías estudiadas incorporaron elementos generales de apoyo a las comunidades o de licencia social en sus políticas hacia actividades de desarrollo de proyectos en sus zonas de operaciones.

Según Oxfam, esta tendencia en el sector extractivo (desde el 2010) es debido al aumento de los conflictos sociales y las controversias vinculadas a los proyectos mineros, además de los recientes requisitos crediticios establecidos por el Banco Mundial y la Corporación Financiera Internacional para el sector privado.


lunes, 3 de junio de 2013






Mejorarán ley sobre la comida chatarra

Se harán modificaciones al reglamento, anunció el Minsa. Observatorio de Obesidad operaría desde julio.


“En el reglamento de la Ley sobre la Alimentación Saludable se harán precisiones para no afectar la salud de los niños ni intervenir en sus decisiones”, informó el director general de Promoción de la Salud del Ministerio de Salud, Bernardo Ostos.

Esto debido a que empresarios y expertos han cuestionado la norma, conocida también como Ley de la comida chatarra, pues afirman que afecta la libertad de elección.

El funcionario indicó que se consultará la opinión del sector privado. Adelantó, además, que el Observatorio de Obesidad operaría desde julio.


Confirman que ley de comida chatarra pone en riesgo transmisión del Mundial


ANDA y la Sociedad Nacional de Radio y Televisión advirtieron que norma es imprecisa y perjudica a anunciantes.




El gerente general de la Asociación Nacional de Anunciantes (ANDA), Rodolfo León, confirmó la posibilidad de que se restrinjan las transmisiones de grandes eventos deportivos como un mundial de fútbol, comoalertó la Asociación Peruana de Agencias de Publicidad(APAP).

“Así como está redactada la ley, sí están en riesgo las transmisiones, pues la ley es muy imprecisa. Esperamos que ello se pueda aclarar en la reglamentación de la norma”, señaló.

Por su parte, el secretario general de Sociedad Peruana de Radio y Televisión, Alfredo Ferrero, reiteró que todos los anuncios de comida considerada ‘chatarra’ tendrían que ser retirados durante el Mundial Brasil 2014.

“Nosotros somos defensores de la autorregulación,tanto de la decisión del consumidor como del contenido de la publicidad”, señaló el exministro de Comercio Exterior y Turismo.

No se prohibirá toda la comida chatarra

El Ministerio de Salud reconoció que no se restringirá la venta de frituras en los colegios.





No toda la comida chatarra será prohibida en los colegios. El viceministro de Salud, José del Carmen, reconoció queno se restringirá la venta de hamburguesas o salchipapas, pues la Ley de Alimentación Saludable para Niños solo regula los productos procesados.

“Solo nos regimos por la ley y no habrá más prohibiciones”, señaló. Los empresarios industriales han calificado la ley como discriminatoria porque se concentra justamente en los alimentos procesados.

En dos meses se publicará el reglamento con los límites (de azúcar, sal, grasas) permisibles en estos artículos, dijo.


La alimentación en la adolescencia

La adolescencia es un periodo de grandes cambios fisiológicos, emocionales y sociales. La Organización Mundial de la Salud (OMS) define al grupo de adolescentes como la población comprendida entre los 10 y los 19 años, aunque no tiene límites definidos. Durante este periodo, el crecimiento es acelerado con un aumento importante de talla como de masa corporal. La alimentación tiene una especial importancia debido a los altos requerimientos nutricionales para hacer frente a estos grandes cambios en estas edades.


Lista de comidas chatarras:
  • Soda
  • Carne procesada
  • Carne roja
  • Pizza
  • Pasta Alfredo
  • Grasas trans
  • Alimentos fritos


¿Crees que es importante comer comida sana?


Comer de manera saludable es una de las cosas más importantes, o la más importante, que se debe hacer en la vida. Si una persona ingiere alimentos saludables, el cuerpo estará saludable y la persona vivirá más tiempo que lo habitual. Comer de manera saludable es importante por muchas razones. Simplemente resulta con una reacción en cadena. Los hábitos alimentarios equilibrados y saludables brindan nutrientes al cuerpo. Los nutrientes brindan energía y hacen que el corazón siga latiendo, que el cerebro esté activo y que los músculos sigan funcionando. Los nutrientes ayudan a formar y a fortalecer los huesos, los músculos y los tendones y también a regular los procesos corporales como la presión sanguínea.